Gestión Administrativa 0308
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Marcos
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CONTRATOS LABORALES Empty CONTRATOS LABORALES

Sáb Ago 05, 2023 11:04 pm
Para descargar cualquier tipo de contrato, os dejo el enlace del SEPE a continuación:
https://www.sepe.es/HomeSepe/empresas/Contratos-de-trabajo/modelos-contrato.html

En este apartado encontrarás toda la información relativa a los contratos de trabajo:
https://www.sepe.es/HomeSepe/empresas/Contratos-de-trabajo.html

También es importante la forma de comunicar el alta del contrato laboral desde la plataforma Contrat@:
https://www.sepe.es/HomeSepe/empresas/servicios-para-empresas/comunica-contratacion.html

A continuación, os dejo información detallada sobre contratos y bonificaciones, y las leyes reguladoras de los mismos.

Los distintos tipos de contratación que aparecen en las tablas estadísticas se agrupan en:
contratos iniciales cuando se inicia la relación laboral
conversiones en indefinidos son la transformación de otros contratos ya existentes de duración temporal y prórrogas de contratos que han finalizado su duración
inicial.

A continuación, se detalla cada uno de ellos con una breve descripción de sus principales características
seguida de la normativa básica por la que se rigen. Una información más amplia se puede obtener
en el servidor de internet del Servicio Público de Empleo Estatal: (www.sepe.es/Estadísticas),o en la Guía
Laboral del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Contratos iniciales:
Indefinido (Bonif./no Bonif.): Es el contrato concertado sin establecer límites de tiempo a la prestación de
servicios con jornada a tiempo completo, parcial o fijo discontinuo. (R.D.L.G. 1/95, Ley 12/2001, Ley
43/2006, Ley 35/2010, Real Decreto-Ley 10/2011 y Real Decreto-Ley 1/2011)
Indefinido Personas con Discapacidad: Contrato de duración indefinida dirigido a la integración laboral de
personas con discapacidad y que puede ser de jornada completa o a tiempo parcial. (R.D. 1451/1983, modificado
por R.D. 4/1999, Ley 12/2001 y Ley 43/2006)
____________________________________________________________________ Servicio Público de Empleo Estatal

Obra o servicio: Son los concertados para la realización de obras o servicios determinados, en jornada
completa o parcial, en la actividad de la empresa y cuya duración es temporal. (Artº 15 del Estatuto de los
Trabajadores, R.D. 2720/1998, Ley 12/2001, Ley 35/2010, Ley 3/2012)
Eventual por circunstancias de la producción: Contratos de duración temporal, en jornada completa o
parcial, para atender las exigencias circunstanciales del mercado. (Artº 15 del Estatuto de los Trabajadores,
Ley 35/2010, Ley 3/2012)

Interinidad: Contrato de duración temporal para sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto,
en jornada completa o parcial (Artº 15 del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto-Ley 11/1998, R.D.
2720/1998, Ley 39/1999, Ley 12/2001,Ley 45/2002 y Ley Orgánica 3/2007)

Temporal para Personas con Discapacidad: Contrato temporal de doce meses a tres años, con jornada
completa o parcial, para personas con discapacidad. (R.D 1451/1983 y Ley 43/2006)

Relevo: Contrato de duración indefinida o hasta el momento de la jubilación del trabajador al que sustituye
por jubilación parcial, con jornada parcial o completa (Ley 14/2000, Ley 3/2012)

Jubilación parcial: Contrato de duración determinada y jornada parcial, complementario del de Relevo, que
se firma con el trabajador que se jubila parcialmente (Ley 12/2001, Ley 40/2007)

Contrato de sustitución por jubilación a los 64 años: Para trabajadores desempleados que sustituyan a
otros trabajadores que anticipan la edad de jubilación en un año. (R.D. 1194/1985, Ley 14/2000, Ley
12/2001, Ley 27/2011, Ley 3/2012)

Contrato en prácticas: Destinados a completar la formación de trabajadores con títulos universitarios o de
formación profesional. Son contratos de duración temporal, con jornada a tiempo parcial o completa, indistintamente.
(Artº 11 del Estatuto de los Trabajadores, R.D. 488/1998, Ley 35/2010, Ley 3/2012)

Contrato para la formación y el aprendizaje (Formación): Destinado a los jóvenes de 16 a 24 años, (hasta
el 31 de Diciembre de 2013, que la tasa de desempleo sea inferior al 15 %, se puede celebrar con trabajadores
de hasta 30 años), para la adquisición por parte del trabajador de la cualificación necesaria para el
desempeño de un oficio o puesto de trabajo concreto. (Artº 11 del Estatuto de los Trabajadores, Ley 3/2012,
R.D. 1529/2012)

Otros contratos: Son los registrados pertenecientes a modalidades no especificadas anteriormente y/o pertenecientes
a regímenes especiales de contratación, tales como los de artistas, servicio doméstico, mercantiles,
etc... Se incluyen también los contratos que, perteneciendo o presentándose según las modalidades
existentes, adolecen de algún defecto formal o incumplen algún requisito básico en el momento de su introducción
en la base de datos, permaneciendo en este apartado estadísticamente aunque con posterioridad
hubieran sido subsanados sus defectos de forma.

Contratos convertidos en indefinidos:
Bajo este concepto se indican los contratos por tiempo determinado que, al amparo de la normativa
en vigor, son transformados en indefinidos.
Los contratos susceptibles de ser convertidos en indefinidos son:
????Contrato de obra o servicio
????Contrato de eventuales por circunstancias de la producción
????Contrato de interinidad
????Contrato temporal de personas con discapacidad
????Contrato de sustitución por jubilación a los 64 años
????Contrato en prácticas
????Contrato de relevo
????Contrato de formación
????Otros contratos
____________________________________________________________________ Servicio Público de Empleo Estatal

Prórrogas:
Algunos contratos de duración temporal, una vez finalizada su duración inicial, pueden prorrogarse.
El número de prórrogas que admite un contrato depende de su tipología. Son los siguientes:
????Contrato de obra o servicio
????Contrato de eventuales por circunstancias de la producción
????Contrato de interinidad
????Contrato temporal de personas con discapacidad
????Contrato de relevo
????Contrato de sustitución por jubilación a los 64 años
????Jubilación parcial
????Contrato en prácticas
????Contrato de formación
????Otros contratos

Medidas de fomento del empleo
Pretenden la contratación indefinida o temporal, o conversión de determinados contratos temporales
en indefinidos, de diferentes colectivos de trabajadores mediante la concesión de ayudas económicas e
incentivos fiscales y/o bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
Para los contratos susceptibles de bonificación se ofrece información de los siguientes colectivos:
???? Maternidad, adopción y acogimiento
???? Otras interinidades
???? Personas con discapacidad
???? Trabajadores en riesgo de exclusión social
???? Víctimas violencia/terrorismo
???? Trabajadores en empresas de inserción
???? Jóvenes 16-30 años emp. <50 trabajadores
???? Mujeres 16-30 años subrepr. emp. <50 trabajadores
???? Mayores 45 años emp. <50 trabajadores
???? Mujeres >45 años subrepr. emp. <50 trabajadores
???? Incorporación <30 años a cooperativas o SAL
???? Incorporación <30 años excluidos sociales a empresas inserción
???? Convertidos a indefinidos Ley 43/2006
???? Convertidos a indefinidos Real Decreto-Ley 3/2012
???? Convertidos a indefinidos Real Decreto-Ley 4/2013

También se ofrece información de las contrataciones que favorecen a los siguientes colectivos especiales:
???? Personas con discapacidad
???? Personas con discapacidad en CEE
???? Personal investigador, científico o técnico (Proyectos de investigación)
???? Doctores (Prácticas en proyectos de investigación)
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